Administrativo del Estado

Tema 027 - reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa - PREÁMBULO a De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.a) de esta Ley, no corresponde al orden jurisdiccional contencioso-administrativo conocer de las pretensiones que se deduzcan respecto de las actuaciones tributarias vinculadas a delitos contra la Hacienda Pública que se dicten al amparo del Título VI de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, salvo lo previsto en los artículos 256 y 258.3 de la misma. + 3. Serán asimismo aplicables las reglas de la sección 9ª del capítulo I del Título IV a todos los recursos contencioso-administrativos en que no se hubiese dictado sentencia a la entrada en vigor de esta Ley. + En los procedimientos pendientes a la entrada en vigor de esta Ley podrán solicitarse y acordarse las medidas cautelares previstas en el capítulo II del Título VI.

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Pregunta 1
Según el artículo 77, ¿cuándo puede el juez o tribunal someter a las partes la posibilidad de alcanzar un acuerdo?

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Pregunta 2
¿Qué recurso procede contra las providencias y autos no susceptibles de apelación o casación según el artículo 79?

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Pregunta 3
Según el artículo 53 de la Ley 29/1998, ¿qué puede solicitar la parte recurrente si no se remite el expediente administrativo en plazo?

Elige una respuesta para comprobarla.

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